miércoles, 8 de julio de 2009

La Plataforma de las Clases Medias convoca concentración en apoyo a Micheletti ante la embajada de Honduras

La Plataforma de las Clases Medias convoca una concentración el jueves día 16, a las 12 horas, ante la Embajada de Honduras.
La Plataforma de las Clases Medias quiere mostrar su apoyo al presidente Micheletti y a su defensa del orden constitucional de Honduras.
La Plataforma quiere mostrar también su rechazo al proyecto autoritario y liberticida de Zelaya, mero títere de Hugo Chávez.
El llamado socialismo del siglo XXI, el comunismo con otro nombre, es el enemigo por antonomasia de las clases medias, a las que pretende expoliar y exterminar.
La Constitución de Honduras deja meridianamente claro que el presidente no podrá ser reelegido ni podrá promover la reforma constitucional para su reelección:
“Art. 4: La forma de gobierno es republicana, democrática y representativa. Se ejerce por tres Poderes: Legislativo, Ejecutivo y Judicial, complementarios e independientes y sin relaciones de subordinación.

La alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República es obligatoria.

La infracción de esta norma constituye delito de traición a la patria.

Art. 237:El período presidencial será de cuatro años y empezará el veintisiete de enero siguiente a la fecha en la que se realizó la elección.

Art. 239: El ciudadano que haya desempeñado la titularidad del Poder Ejecutivo no podrá ser Presidente o Designado.

El que quebrante esta disposición o proponga su reforma, asi como aquellos que lo apoyen directa o indirectamente, cesarán de inmediato en el desempeño de sus respectivos cargos, y quedarán inhabilitados por diez años para el ejercicio de toda función pública.

Art. 272: Las Fuerzas Armadas…..

Se constituyen para defender la integridad territorial y la soberanía de la República, mantener la paz, el orden público y el imperio de la Constitución, los principios de libre sufragio y la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República.

Art. 374: No podrán reformarse en ningún caso………………………………………
los artículos constitucionales que se refieren a la forma de gobierno (Art. 4)…….. al período presidencial (Art. 237), a la prohibición para ser nuevamente Presidente de la República, el ciudadano que lo haya desempeñado bajo cualquier título y el referente a quienes no pueden ser Presidentes de la República por el período subsiguiente (Art. 239)”.

1 comentario:

LaMáquinaInconexa dijo...

La Constitución Hondureña lo deja bien claro y el sociata Zelaya ha sido derrocado legítimamente por el ejército, que para eso se le ha encomendado salvaguardar la democracia. Traer aquí la información de los artículos de la Carta Magna Hondureña es clave por lo que tienen de irrefutables.

No puedo permitirme el viaje a Madrid y no estaré en la concentración, pero le daré la máxima difusión posible. Ánimo.

"Sobran intermediarios del poder"